La justicia definió elevar a juicio la causa contra Angelini

La resolución es del juez de Garantías David Mancinelli, en la que «no hace a lugar» a la oposición de la defensa del jefe de Gabinete de Gustavo Barrera, Cristian Angelini y afirma la elevación a juicio del funcionario, que fue denunciado por Abuso de autoridad y Violación de los deberes de funcionario público.

La última novedad en la causa iniciada por el vecino Santiago Rincón se dio a conocer este lunes y tiene que ver con la elevación a juicio de la causa contra el jefe de Gabinete municipal Cristian Angelini. La resolución corresponde a una definición del juez de Garantías David Mancinelli, en la que «no hace a lugar» a la oposición de la defensa del jefe de Gabinete de Gustavo Barrera, Cristian Angelini y afirma la elevación a juicio del funcionario, que fue denunciado por Abuso de autoridad y Violación de los deberes de funcionario público.

El empresario Santiago Rincón llevó a la justicia al jefe de Gabinete Cristian Angelini por haber ordenado cargar en el sistema la existencia de una deuda tributaria del contribuyente a través de un procedimiento irregular y por la cual el funcionario está imputado por abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público.

El paso anterior a esta definición judicial fue que la Cámara de Apelación y Garantías en lo penal de Dolores había rechazado la nulidad de la requisitoria de elevación a juicio oral. Con esto, el juez de Garantías local volvió a tener la causa y debía resolver la existencia de instancia de juicio o declaraba su inocencia, lo que ya es un hecho y tiene que ver con la primera opción.

En parte del documento oficial que notifica tal resolución se menciona que «el interés que protege la norma es el regular funcionamiento de la administración publica y la legalidad de sus actos. Es esencial considerar que lo que caracteriza el contenido de ilicitud de este tipo penal radica en el uso abusivo o arbitrario de la función publica. El bien
jurídico tutelado por el tipo es el correcto funcionamiento de la Administración Pública, y persigue el objetivo de garantizar la regularidad y la legalidad de los actos de los funcionarios en las actividades propias de su cargo. Lo que
caracteriza el contenido de ilicitud de este tipo penal es el uso abusivo o arbitrario de la función pública en tanto es utilizada como instrumento para violar la ley».

Queda clara y contundente la fundamentación del magistrado al detallar que «el relato del denunciante sumado al resto de las probanzas mencionadas abastecen plenamente la tipología probatoria de los arts. 210 y 233 del Digesto Adjetivo y conforman un núcleo cargoso de suficiente entidad que da por tierra a todo intento de desmejorarla».