La justicia condenó al médico Ricardo Cap, culpable por la muerte de Nico Deanna

Hoy se dio a conocer la sentencia del juicio que la geselina Gabriela Covelli llevó adelante por la muerte de su hijo Nicolás el 2 de noviembre de 2017, contra el médico de Pinamar Ricardo Cap. El veredicto condenatorio no conformó a la familia del joven fallecido a causa de una meningitis bacteriana que no fue advertida por el galeno, quien sumó una serie de desatenciones que se dieron en un accionar negligente que terminaron con el peor final e irreversible para «Nico»: su muerte. Covelli, en diálogo con este medio, advirtió que apelará a Casación en desacuerdo con el «homicidio culposo» que sentenció el tribunal, adjudicándole tres años de prisión e inhabilitación profesional de seis años. «Los fundamentos de la sentencia son débiles para no condenarlo por dolo eventual», advirtió la impulsora de la Ley Nicolás que espera ser tratada en el recinto del senado nacional antes de fin de año.

En la jornada de hoy la justicia dio un veredicto condenatorio para el médico de Pinamar Ricardo Cap, luego de 7 años de la injusta y prevenible muerte del joven geselino Nicolás Deanna, hijo de Gabriela Covelli.

El tribunal resolvión condenar a RICARDO BASILIO CAP por resultar autor penalmente responsable del delito de Homicidio culposo, cometido en Pinamar, el día 02/11/2017 en perjuicio de Nicolás Darío Deanna, a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional, e inhabilitación especial por el doble del tiempo. (art. 45 y 84 del Código Penal).

En el escrito queda clara la culpabilidad del médico que Gabriela Covelli llevó a la justicia por la muerte de su hijo Nico.

Si bien el veredicto lo declara culpable, tanto Covelli como su familia no están conformes con lo resuelto y por eso la abogada geselina le declaró a este medio que «si bien, siempre dije la verdad y fue condenado, o sea, ahora no lo dice la familia de Nicolás no lo dicen los fiscales, lo dijo la justicia. De todas formas, voy a pelar a Casación porque los fundamentos de la sentencia son débiles para no condenarlo por un dolo eventual de hecho dirigen tres renglones y esto es lo que da la pauta de que siempre los jueces a los médicos los condenan a menos de tres años y la ley habla de 1 a 5 en el homicidio culposo y en el dolo eventual, eh, de 8 a 25».

La mujer que desde la muerte de su hijo no cesó la lucha individual para hacer justicia por su hijo, pero también se unió con familiares de víctimas de mala praxis médicas y le dio vida a una ONG para remarcar los derechos de los pacientes. Fue contundente expresar: «Ni siquiera le pusieron la máxima del culposo, o sea, es culpable eso ya es una sentencia condenatoria, pero es lo que demuestra es que si un médico mata a tu hijo nunca va a ir preso porque la justicia no se permite condenar a una persona a un profesional y el resultado de esto de esto son los Lotockis de la vida».

EL CASO

Si bien Nicolas Deanna en un principio presento síntomas que podían resultar comunes a otras patologías, conforme quedo demostrado en juicio, además de no practicarse las medidas correspondientes durante la evaluación clínica general completa, luego presento sobrados indicios para sospechar de otros diagnósticos, de lo cual además, el imputado fue advertido por varios de sus colegas respecto de la sospecha de una posible meningitis.

Además de ello, ese obrar negligente cerro las puertas para realizarse los estudios y exámenes que podrían haber logrado un diagnóstico acertado, un tratamiento temprano y la evitabilidad de progreso de aquellas bacterias que terminaron en última instancia derivando en la muerte del paciente. Sumado a ello, corresponde señalar la omisión del Dr. Cap de efectuar una real derivación a un profesional especializado; y conforme la evolución de síntomas de Nicolas, a todas luces el caso exigía del galeno aumentar la diligencia y prevención, analizar el cuadro en un todo, dar relevancia a los síntomas persistentes, a los nuevos y evitar los riesgos propios de aquella fulminante infección.

En base a aquel inicial diagnóstico errado, el medico realizo tratamiento para cada dolencia en particular sin seguir la ley de su arte y cotejar toda la información en su conjunto, indico sesiones de kinesiología ante la rigidez de nuca, ante la fiebre indico sumergir al paciente en una bañadera, al exoftalmo lo endilgaba a una alergia a una de las tantas drogas suministradas, las cuales además conforme refirieron sus pares, lo fueron de manera y en cantidades equivocadas.

Y así, obviando el examen clínico que exigía la sintomatología que presentaba, desoyendo las evidencias que sintomáticas que aparecían , obro con negligencia e impericia en la averiguación de las causas motivadoras de la enfermedad no tomando las precauciones necesarias para evitar, omitiendo deberes de actuación, no previendo lo previsible ante la existencia de síntomas indicativos de posible meningitis -cuestión que como se ya se dijo, le fue advertida por sus colegas al mero enunciamiento del cuadro del joven-, aumentando con ello las condiciones de riesgo. Y, retomando con las primeras líneas de este punto, aquella relación de causalidad se ve reflejada justamente mediante esos actos u omisiones antes referidos que llevaron al resultado típico.