Desde las 8 de la mañana del 9 de agosto, en todo el territorio argentino, arrancan las medidas que generan condiciones para que los ciudadanos reflexionen el sentido de su voto sin propagandas políticas de por medio.
Dos días antes de los comicios no debe existir nada de esto: «conjunto de actividades desarrolladas por las agrupaciones políticas, sus candidatos o terceros, mediante actos de movilización, difusión, publicidad, consulta de opinión y comunicación, presentación de planes y proyectos, debates a los fines de captar la voluntad política del electorado, las que se deberán desarrollar en un clima de tolerancia democrática».
Además, el Código Electoral Nacional prohíbe los espectáculos masivos durante el domingo que se desarrolla el comicio. Y también alcanza la venta de bebidas alcohólicas, desde la cero hora del día de la elección, hasta que se cumplan tres horas de finalizado el comicio.
Las redes sociales quedan afuera de esta prohibición porque no están contempladas en la legislación
Los ciudadanos que no respeten la veda podrán ser denunciados por violación al Código Electoral y sancionados, en caso que la Justicia comprueba la falta.
Sanciones por no respetar la veda electoral
Partidos y agrupaciones políticas
Si no cumplen el período de la veda perderán el derecho a recibir contribuciones, subsidios y todo recurso de financiamiento público anual por un plazo que oscila entre uno y cuatro años. También dejan de percibir fondos para el financiamiento de una o dos elecciones.
Personas físicas o jurídicas
Si no se respetan los límites de emisión y publicación de avisos publicitarios en tele, radio y medios gráficos se le cobrará una multa de entre diez mil y cien mil pesos. Lo mismo para la persona que realice actos de campaña fuera del plazo establecido para ese fin.
Fuente: Cámara Electoral
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