La expresión corresponde al abogado del empresario Santiago Rincón, Damián Martínez, quien en la mañana de ayer dio detalles en Por la 3 radio sobre la etapa que cursa la causa en la que el jefe de Gabinete de Gustavo Barrera será notificado del pedido de elevación a juicio por abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público, que deberá resolver el juez de Garantías de Villa Gesell, David Mancinelli.
El abogado del empresario Santiago Rincón, Damián Martínez, profundizó en la información relacionada con la causa que tiene al jefe de Gabinete Cristian Angelini, en la mira de la justicia y cada vez más comprometido.
PL3: Va a ir a juicio Cristian Angelini?
DM: «Si, ir a juicio es la requisitoria, la fiscalía, es decir quien representa a la sociedad , considera que Cristian Angelini ha cometido un delito y para ser condenado tiene que afrontar un debate oral y público, en donde el va tener nuevamente todas las garantías de ley para poder defenderse y si no logra defenderse adecuadamente, será condenado».
Pl3L3: requisitoria es bastante clara…
DM: «Es una requisitoria larga, fundada, motivada por un fiscal que terminó una prolija y larga investigación en la que junto muchísimos elementos de pruebas. Esto no es solamente la manifestación que hizo Rincón sobre la existencia de un delito, está todo rubricado con pruebas testimoniales, con pruebas documentales, con pericias que se han realizado, con informes técnicos que se han pedido y la conclusión a la que arriba el fiscal es que el señor Angelini inventó una deuda, se la atribuyó al Señor Rincon y de esa manera abusó de su poder que tiene en el municipio. Por eso el incumplimiento de funcionario público y abuso de autoridad».
PL3: ¿Para que el juez David Mancinelli termine definiendo esta elevación a juicio? ¿que tiene que pasar antes ?
DM: «Ahora el juez toma la requisitoria de elevación a juicio, se la tiene que notificar a Angelini y a su defensor. Ellos pueden tomar dos posturas, una guardar silencio o prestar conformidad para elevar la causa a juicio y someterse al debate oral y público o dos, pueden oponerse. En ese caso el juez tiene que resolver, a groso modo sería que puede disponer elevar la causa a juicio, o declararlo inocente. Pero nuestro sistema institucional de procedimiento penal dispone que solamente el juez de garantía puede disponer el sobreseimiento de Angelini en el caso que no haya ningún tipo de duda, sobre que esa persona es inocente del delito que se le está atribuyendo».
Que no sería el caso…
DM: «Entre la duda y el cúmulo de pruebas que tiene la fiscalía en su requisitoria de elevación a juicio, da a prueba que existen muchos elementos de prueba encontra de Angelini. Y de mínima tiene un duda, si bien esta duda no sirviera para condenar, si sirve para elevar la causa a juicio, quién haya leído le requisitoria de elevación a juicio, se da cuenta que no hay mucho margen a la duda, hay mucha certeza en lo que está hablando del fiscal. Pero bueno, la certeza se valora en otro momento, que es al momento de dictar sentencia definitiva después del debate oral»
PL3: En cuestiones de tiempo, de cuánto podemos estar hablando, para que el juez se manifieste?
DM: «La defensa tiene 15 días para poder oponerse, y una vez si se opone, que suele suceder eso, que hay una oposición o un cambio de calificación el el juez tiene 5 días para aceptarla o rechazarla y después el defensor puede apelar ante la cámara de apelaciones y bueno la cámara se tomará aproximadamente un mes, un mes y medio en revisar esta cuestión y después ya se designe el juzgado correccional que tenga que intervenir. El juzgado correccional notifica su intervención en el proceso nos da vista a todos, por que también puede ser que quizás, alguien quiera requerir al juez por amistad, por enemistad, por conocimiento, por pre juzgamiento por lo que sea, y después el juez empieza en la etapa de ofrecimiento de prueba, es decir le dice primero al fiscal con qué prueba quiere usted llevar adelante este debate oral. Después nos va dar la posibilidad a nosotros de ofrecer el material probatorio y después le va dar la posibilidad a Angelini. Una vez que los 3 ofrecimos las pruebas, que tenemos plazos muy abreviados para hacerlo, el juzgado tiene que fijar el debate oral en un término no mayor a 6 meses».
PL3: O sea que ha mitad de año podriamos estar teniendo una novedad al respecto, en esa instancia?
«Yo diría un poquito más allá de mitad de año , para un debate oral .,un poquito más allá de mitad de año , siempre depende de la agenda y la temática que estamos hablado, la cantidad de testigos que haya que ofrecer este no es un debate de muchos testigos. Angelini ofreció 4 testigos, creo que esta parte va a ofrecer 2 testigos más de los que ya declararon y no va quedar mucho más más y creo que la fiscalía había tomado a declarar a 2 personas más, es decir es un debate de 8 testigos y no mucho más que eso».
PL3: No hay mucho más por investigar , digamos
«Es que la investigación que hizo la fiscalía , desde mi punto de vista y ustedes lo han visto que la requisitoria no da lugar a duda, están muy cimentada en el dictamen que hace el tribunal de cuentas y las declaraciones que propios empleados municipales han sabido rendir en donde han dado en evidencia que se le ha informado ah Angelini la imposibilidad de hacer lo que estaba haciendo y sin embargo siguió para delante , guionando todo en marco normativo , eso no común ver en una causa penal , pero bueno este procedimiento aveces yo entiendo que es tedioso es molesto hasta frustrante para las partes , pero es la única manera que tenemos de garantizar los derechos a los ciudadanos. El procedimiento hay que respetarlo».
PL3: Bien, lo que está sucediendo, digamos esta causa, es muy importante, los medios están solicitando información? está siendo buscada la información de esta causa? . Por qué estamos hablando del jefe de gabinete del municipio de villa Gesell…
DM: «Si es una causa para la comunidad, tiene que ser importante por que este podría llegar a dejar en descubierto una matriz de abuso de autoridad sistemática, lo que le hicieron a Rincón no es algo fácil de tolerar ,de la noche a la mañana le inventaron una deuda multo millonaria y lo llevaron a la quiebra , ósea literalmente ah Rincón lo colocaron en la quiebra , el único ciudadano de Villa Gesell que ha sufrido en el marco de una acción de amparo el embargo de las cuentas bancarias . Y eso no lo pueden explicar , por qué fue el único ciudadano que sufrió el embargo de las cuentas bancarias, cuando es más en el expediente judicial es esta causa penal , está probado que en el momento mismo que Rincón está siendo ejecutado había dos títulos de deudas en paralelo, uno a nombre de Cristian Angelini que estaba siendo ejecutado y otro a nombre de Gustavo Barrera que también estaba siendo ejecutado. Los dos dos funcionarios le debían plata a la municipalidad. ¿Sabes que? Cuando iniciaron el juicio de apremio que la municipalidad quería recuperar la plata adeudada, a ninguno de esos dos funcionarios le pidieron el embargo de las cuentas bancarias».
PL3: Estamos hablando del intendente y del jefe de gabinete .
DM: «Exactamente pero el intendente habla que Angelini está involucrado en esta causa por defender los interese de la municipalidad. Bien bárbaro por qué ellos tenían deuda con la municipalidad si son tan defensores de lo intereses , nunca tendrían que haber teñido deuda con la municipalidad y si la tuvieron el trato que recibieron fue diferente al que recibió eh Rincón por qué ellos nunca tuvieron embargo de cuentas bancarias , nunca lo tuvieron , entonces hay que se justo en estas cosas. Ahí tenés un parámetro de arbitrariedad bastante manifiesto».
PL3: Te pregunto lo de los medios porque me parece que, somos unos de los pocos, por lo menos locales, que nos estamos interiorizando desde el primer día y que este tema no tenga la relevancia que tendría que tener en este municipio y en cualquier municipio y a nivel nacional si fuese con un funcionario de otra índole, es parte de que también la gente entienda lo que está pasando…
DM: A mi puntual esta causa tuvo repercusión en C5N, hoy me llamaron por este expediente, me manifestaron si era cierto lo que se estaba rumoreando y después de una revista provincial y de un portal de la provincia de Buenos Aires.
PL3: Claro pero de Villa Gesell . No
DM:»No de Villa Gesell no, no me han llamado»
PL3: LLamativo…
DM: «Si, es una causa compleja, es una causa grave si bien la pena en expectativa es baja, por que todos los funcionarios públicos lamentablemente en este país , no tienen la pena que correspondería , si comenten algún tipo de hecho ilícito, es un tema de trascendida , por que te vuelvo a decir , esto puede dejar en evidencia que este obrar, que este tipo de actuación es común. .Si ustedes leen bien en la requisitoria, Agelini fue advertido que lo que estaba haciendo era totalmente ilegal y que no se podía hacer , y la vorágine de la locura que estaban que había invadido a esta persona era tal que le quería cargar deudas desde el año 2000, por que lo qué determinó el fiscal. Imagínate si la deuda es multimillonaria habiéndola cargando desde el año 2009. Imaginate si la hubiera cargado desde el año 2000, hubiera sido un disparate, pero no se como, le explicaron que el sistema no permita ir 10 años para atrás y lograron controlando. Si el sistema hubiera permitidoque mi cliente hubiera tenido deuda desde el dia que nació».
PL3: Una estructura que permite estos funcionamientos
DM: «Sabemos que termino todo esto, en el afán del funcionario por beneficiar los intereses de la municipalidad que no siempre son los intereses de la comunidad, no siempre son los intereses de la comunidad, el interés de la comunidad es que la ley prime por sobre todo, el interés de la municipalidad es beneficiarse a ella que eventualmente cumple un fin social, sabes en que, cuál fue el costo que tuvo esto? Tuvo un juicio de apremio en donde parcialmente la municipalidad perdió y tuvo que pagar honorarios profesionales, no lo pago Angelini, lo pagaron entre todos ustedes, entre todos los contribuyentes, y un juicio, iniciado por Rincón ante la justicia de paz donde la jueza de paz suspendio la ejecución del titular es decir el poco dinero, que eventualmente había prosperado al municipio, que eventualmente debería haber pagado mi cliente, hoy el municipio no lo puede cobrar y corre serio peligro que en cualquier momento la justicia de paz dicte la anualidad de esa deuda, es decir en el afán de hacer las cosas mal, que provocan? Provoca perjuicios económicos a la comuna y ese perjuicio económico no lo va a pagar Angelini, lo va a pagar la comuna con los impuestos de todos, y Angelini seguirá con ese discurso de yo hice las cosas por el bien de la comunidad, por el bien de la comunidad hubiera sido genial para el bien de la comunidad que Angelini respetara la ley y si mi cliente debía algo que lo pagara, pero siempre tener respeto de la ley, no así como lo hicieron».
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