El proyecto que le pide a Barrera que cumpla las leyes ambientales que controlan la colocación de antenas pasó a Comisión

Ni aprobado, ni rechazado, el expediente que el bloque de Juntos por el Cambio generó para que el municipio cumpla con el procedimiento establecido en la Ley General del Ambiente N° 25.675 y la Ley Provincial N° 11.723 en lo referido a las Declaraciones de Impacto Ambiental y su procedimiento de obtención.

El proyecto de Resolución titulado Instalación de Antenas solicita estricto cumplimiento Legislación Ambiental, pasó a Comisión para ser analizado detenidamente por los concejales.

Esta situación se enmarca en la preocupación de muchos vecinos de distintos barrios que denuncian trabajos de instalaciones en las torres durante la cuarentena.

Los vecinos ya se han reunido en cuatro oportunidades denunciando sobre esta situación y además requiriendo información por parte del Municipio, que hasta ahora aún no han recibido.

El texto del proyecto:

TITULO : Instalación de Antenas solicita estricto cumplimiento Legislación Ambiental
Visto : Solicitud de cumplimiento del el procedimiento establecido en la Ley General del Ambiente N° 25.675 y la Ley Provincial N° 11.723 en los referido a las Declaraciones de Impacto Ambiental y su procedimiento de obtención Estudio de Impacto Ambiental; y Considerando:
Que la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), es un procedimiento establecido como instrumento de política y gestión ambiental en el artículo 8° de la Ley General del Ambiente N° 25.675.
Que conforme a la Ley Provincial Nº11723 en su art 10 deja claro que, la realización de obras o actividades que produzcan o sean susceptibles de producir algún efecto negativo al ambiente de la Provincia de Buenos Aires y/o sus recursos naturales, deben obtener en forma previa a su materialización, una DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL (DIA).
Que el procedimiento para la obtención del DIA, es mediante la presentación de la EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL, por parte del promotor del proyecto ante la Autoridad Ambiental Jurisdiccional según corresponda.
Que los habitantes de la Provincia de Buenos Aires podrán solicitar las EVALUACIONES DE IMPACTO AMBIENTAL presentadas.
Que la autoridad ambiental provincial o municipal según correspondiere arbitrará los medios para la publicación del listado de las EVALUACIONES DE IMPACTO AMBIENTAL presentadas para su aprobación.
Que las DECLARACIONES DE IMPACTO AMBIENTAL, podrán ser consultadas por cualquier habitante de la Provincia de Buenos Aires en la repartición en que fueron emitidas.
Que la OPDS facilita en su portal mediante el apartado Participación ciudadana en los procesos de evaluación tendientes al otorgamiento de la Declaración de Impacto Ambiental de proyectos o actividades en el marco de la Ley 11.723.
Que la Municipalidad de Villa Gesell debe publicar en su portal todos los expedientes pendientes al otorgamiento de la aprobación de las DIA.
Que no fue realizada la publicación correspondiente al Exp. H.C.D N°12368/18 Colocación antenas Que la Resolución 3690/2004 del Ministerio de Salud y Acción Social de la Nación, establece que los titulares de autorizaciones de estaciones radioeléctricas y los licenciatarios de estaciones de radiodifusión deberán demostrar que las radiaciones
generadas por las antenas de sus estaciones no afectan a la población en el espacio circundante a las mismas. Protocolo para la evaluación de las radiaciones no ionizantes*.
Que se deben verificar los valores máximos establecidos en la Resolución Nº 202/95 del Ministerio de Salud y Acción Social de la Nación, a la que adhirió la Secretaría de Comunicaciones, Que la Resolución Nº 202/95 del Ministerio de Salud y Acción Social de la Nación, la cual contiene los niveles máximos permisibles de exposición de los seres humanos a las Radiaciones no Ionizantes.
Que, los antecedentes internacionales sobre los efectos biológicos que puedan producir las ondas de radio han permitido establecer normas de seguridad, teniendo en cuenta que esos efectos dependen de la tasa de energía absorbida.
*RADIACIONES NO IONIZANTES (RNI): Son aquellas radiaciones del espectro electromagnético que no tienen energía suficiente para ionizar la materia Por ello los Concejales de Cambiemos solicita sanción favorable al siguiente proyecto de :
RESOLUCION
Art.1 : Solicité al Departamento Ejecutivo cumpla con el procedimiento establecido en la Ley
General del Ambiente N° 25.675 y la Ley Provincial N° 11.723.
Art.2 : De forma