La Libertad Avanza Villa Gesell presentó un proyecto para que los empleados municipales puedan optar por otra cobertura médica que no sea IOMA

El proyecto de ordenanza presentado por el concejal Luis Vivas en el HCD geselino detalla su objeto: «Desadherir del Instituto de Obra Médico Asistencial (IOMA) a los empleados municipales y libre elección de obra social, salvo expresión concreta de voluntad».

La iniciativa del edil Luis Vivas ingresó al Concejo Deliberante en la jornada de hoy.

EL PROYECTO

Desadherir del Instituto de Obra Médico Asistencial (IOMA) a los empleados municipales y libre elección de obra social, salvo expresión concreta de voluntad.

Visto

● Que la Ley 14656, Estatuto Para El Personal De Las Municipalidades señala en su art. 14 que “El Municipio propenderá a la cobertura de sus trabajadores en rubros tales como salud…”
● Que el Decreto Ley Nº 2452/1957 creó el Instituto de Obra Médico Asistencial (IOMA) destinado a realizar en todo el ámbito de la provincia de Buenos Aires los fines del estado en materia médico asistencial;
● Que el art. 27 del mencionado dispone que las municipalidades podrán adherirse al régimen creado por el presente Decreto Ley…”;
● Que por Ordenanza 1279/94 El Municipio suscribe contrato con IOMA;
● Que a nivel municipal existe una adhesión compulsoria para todo el personal municipal a la Obra Social IOMA en el partido de Villa Gesell;
● Que a través de la Ley Nº 6.323 se le otorga al instituto médico asistencial la jerarquía del ente autárquico y dispone en su art. 16 que “las municipalidades de la provincia de Buenos Aires podrán adherirse al régimen creado por Ley”;
● Que la Ley 23.660 creó el nuevo sistema nacional de obras sociales;
● Que el DNU 70/23 en su Título XI – Capítulo III de obras sociales art. 270 y prevé un cambio de la modalidad de adhesión, favoreciendo la libertad de los trabajadores en la elección de obras sociales;
● Que la asesoría general de gobierno de la provincia de Buenos Aires inequívocamente ha sostenido “que las ordenanzas generales se dictaron con el ejercicio arbitrario y compulsivo de las facultades de los Consejos Deliberantes, manteniendo su vigencia a menos que los órganos municipales elegidos conforme a derecho, las deroguen o modifiquen mediante la sanción, promulgación y publicación de ordenanzas locales”;
● Que la Ley 69.082 en su Artículo 1º establece que la actividad del organismo (IOMA) se orientará en la planificación de un sistema sanitario existencial para todo el ámbito de la provincia, teniendo como premisa fundamental la libre elección del médico por parte de los usuarios, reafirmando el sistema de obra social abierta y arancelada, y en la práctica eso no se registra.
● Que otros municipios de la provincia de Buenos Aires han optado por desafiliar a sus trabajadores;

y CONSIDERANDO:

● Que es crucial y urgente establecer medidas que permitan a los trabajadores municipales recibir una cobertura de salud eficiente, pudiendo optar libremente por la obra social más conveniente de acuerdo a sus necesidades.
● Que existen reiterados reclamos de los trabajadores municipales ante la falta de cumplimiento de las prestaciones por parte de IOMA, (Instituto de Obra Médico Asistencial), dependiente de la provincia de Buenos Aires, o cumplimiento parcial mediante cobros de copagos indebidos.
● Que en los últimos años se ha visto interrumpido el servicio por parte de IOMA, generando que quienes aportan mensualmente a dicha obra social no posean el servicio y sean rehenes de dicha situación, quedando sin cobertura a pesar de tener los aportes correspondientes.
● Que reiteradamente los afiliados son víctimas de cobro ilegal de copagos ante la consulta a los profesionales médicos adheridos, generando al trabajador municipal erogaciones ante cualquier consulta médica.
● Que lo normado en el art. 14 de la Ley Nº 14.656, se estableció que el municipio propenderá a la cobertura necesaria de sus agentes en materia de salud;

Por todo ello, el bloque La Libertad Avanza UVG eleva para su aprobación el siguiente

Proyecto de ordenanza:

Artículo 1º: Autorice al Departamento Ejecutivo Municipal a desadherir del Instituto de Obra Médico Asistencial (IOMA) en los términos de la Ley Nº 6.982, facultándose a adherir al Sistema Nacional de Obras Sociales establecido en la ley 23.660, con la salvedad de los empleados que en forma particular manifiesten su voluntad expresa de permanecer en Instituto de Obra Médico Asistencial (IOMA).
Artículo 2º: Derógase de toda ordenanza y/o norma que se oponga a la presente.
Artículo 3º: De forma.

Luis Alberto Vivas
Concejal de La Libertad Avanza UVG