La cooperativa eléctrica, hace un tiempo, inició una acción de amparo por mora contra el Estado Nacional – Secretaría de Gobierno de Energía. Lo hizo en el Juzgado Contencioso Administrativo Federal 6.
Puntualmente, lo que viene reclamado Cevige -hace más de un año y medio- es una compensación general e integral de las deudas con fundamento en la aplicación del Programa de Convergencia Eléctrica, por el cual se habilita la compensación de deudas entre el crédito de las distribuidoras y las deudas que estas tengan con CAMMESA. Asimismo, se reclamó la compensación de los montos que insumen los consumos de energía eléctrica en los asentamientos y villas de emergencia, por el no pago de la tarifa, y que ha sido absorbido por la cooperativa a fin de no afectar el corte en el suministro de energía a ese sector. Por todo ello, el Juzgado Contencioso Administrativo Federal numero 6 con asiento en CABA, reconoce que ¨no caben dudas que se ha configurado la situación de mora administrativa –de parte del gobierno nacional- que autoriza el dictado de una orden de pronto despacho¨ y resuelve en su fallo: ¨ haciendo lugar al amparo por mora interpuesto por la Cooperativa Eléctrica, Crédito, Vivienda y otros Servicios Públicos de Villa Gesell, condenando al Ministerio de Hacienda – Secretaría de Gobierno de Energía a expedirse en relación a la solicitud que motivara los presentes actuados en el plazo de quince (15) días.